martes, 3 de junio de 2008

Los pasajeros de transporte público no deben:

I.- Viajar en visible estado de embriaguez o bajo efectos de alguna droga o
psicotrópicos.

II.- Proferir palabras obscenas o ejecutar actos inmorales.

III.- Distraer la atención del conductor o alterar el orden.

El conductor exigirá que se cumplan las disposiciones anteriores y en su caso se
solicitará la intervención de la policía para vigilar su cumplimiento.I.- Viajar en visible estado de embriaguez o bajo efectos de alguna droga o
psicotrópicos.

No hay comentarios: